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PGC PYMES · Grupo 5. Cuentas financieras

525 Efectos a pagar a corto plazo

  • NaturalezaPasivo
  • SaldoAcreedor
  • UsoUso ocasional
En resumen

Letras, pagarés y otros efectos que has aceptado para pagar préstamos u otras deudas, incluidas compras de inmovilizado, en menos de un año.

Qué es la cuenta 525

Un efecto de giro es un documento, como una letra de cambio o un pagaré, en el que te comprometes a pagar una cantidad en una fecha. Cuando documentas así una deuda no comercial, pasa a esta cuenta.

Un caso típico: debes un equipo al proveedor de inmovilizado (523) y le firmas un pagaré a 60 días. La deuda pasa de la 523 a la 525.

Ojo: los efectos por compras de mercaderías van a la 401, no aquí.

Cuándo se carga y cuándo se abona

Debe Se carga

  • Cuando pagas los efectos al llegar su vencimiento (contra 572)

Haber Se abona

  • Cuando aceptas los efectos, por la deuda que documentan (normalmente contra cuentas de este subgrupo, como 523)
  • Por el gasto financiero devengado hasta llegar al importe que pagarás (contra 662)
  • Por la parte de los efectos a largo plazo que vence en el próximo año (contra 175)

Ejemplos de asientos

Firmas un pagaré al proveedor del equipo

El 20 de febrero firmas un pagaré a 60 días por los 1.815 € que debías al proveedor de un ordenador.

CuentaDebeHaber
523 Proveedores de inmovilizado a corto plazo 1.815,00
525 Efectos a pagar a corto plazo 1.815,00
Total1.815,001.815,00

Vence el pagaré

El 21 de abril el banco paga el pagaré con cargo a tu cuenta.

CuentaDebeHaber
525 Efectos a pagar a corto plazo 1.815,00
572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 1.815,00
Total1.815,001.815,00
Definición oficial del PGC Texto del BOE

Deudas contraídas por préstamos recibidos y otros débitos con vencimiento no superior a un año, instrumentadas mediante efectos de giro, incluidas aquellas que tengan su origen en suministros de bienes de inmovilizado.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se abonará:

a1) Cuando la empresa acepte los efectos, con cargo, generalmente, a cuentas de este subgrupo.

a2) Por el gasto financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso de la deuda, con cargo, generalmente, a la cuenta 662.

b) Se cargará por el pago de los efectos al llegar su vencimiento, con abono a cuentas del subgrupo 57.

Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).

Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.