| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 726,00 | |
| 555 Partidas pendientes de aplicación | 726,00 | |
| Total | 726,00 | 726,00 |
555 Partidas pendientes de aplicación
- NaturalezaPasivo
- SaldoAcreedor
- UsoMuy usada
Cobros que te llegan sin saber de qué son. Se quedan aquí solo el tiempo justo hasta aclarar su origen y pasarlos a su cuenta.
Qué es la cuenta 555
A veces entra dinero en el banco y no sabes a qué corresponde: una transferencia sin concepto, un ingreso de alguien que no identificas. Mientras lo averiguas, se apunta aquí.
Debe ser algo temporal: en cuanto sepas de qué se trata, lo pasas a la cuenta que toca, por ejemplo a la 430 si era un cliente pagando una factura.
Figura en el pasivo corriente. Es muy útil en cualquier pyme al conciliar el banco.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Cuando aclaras el origen del cobro y lo aplicas a la cuenta que corresponde (por ejemplo, contra 430)
Haber Se abona
- Cuando recibes un cobro cuyo origen no puedes identificar (contra 572 o 570)
Ejemplos de asientos
Recibes una transferencia sin concepto
El 8 de mayo entra en tu cuenta una transferencia de 726 € sin concepto ni remitente claro.
Descubres que era un cliente
El 12 de mayo un cliente te confirma que era el pago de su factura de 726 €.
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 555 Partidas pendientes de aplicación | 726,00 | |
| 430 Clientes | 726,00 | |
| Total | 726,00 | 726,00 |
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Remesas de fondos recibidas cuya causa no resulte, en principio, identificable y siempre que no correspondan a operaciones que por su naturaleza deban incluirse en otros subgrupos. Tales remesas permanecerán registradas en esta cuenta el tiempo estrictamente necesario para aclarar su causa.
Figurará en el pasivo corriente del balance.
Su movimiento es el siguiente:
a) Se abonará por los cobros que se produzcan, con cargo a cuentas del subgrupo 57.
b) Se cargará al efectuar la aplicación, con abono ala cuenta a que realmente corresponda.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.