| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 5590 Activos por derivados financieros a corto plazo | 500,00 | |
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 500,00 | |
| Total | 500,00 | 500,00 |
559 Derivados financieros a corto plazo
- NaturalezaMixta
- SaldoDeudor o acreedor
- UsoPoco frecuente
Derivados financieros de negociación (opciones, futuros, permutas, seguros de cambio) que se liquidan en un plazo máximo de un año.
Qué es la cuenta 559
Un derivado es un contrato cuyo valor depende de otra cosa: un tipo de interés, una divisa, una acción. Por ejemplo, una opción o un seguro de cambio de moneda extranjera.
Si el derivado tiene valor a tu favor va en la 5590 (activo); si es en tu contra, en la 5595 (pasivo). Los cambios de valor se registran como beneficio (763) o pérdida (663).
Es una cuenta poco frecuente en una pyme pequeña: son instrumentos financieros complejos.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- En la 5590, por lo que pagas al contratar el derivado (normalmente contra 572) y por las ganancias del ejercicio (contra 763)
- En la 5595, por las ganancias del ejercicio hasta el importe por el que figuraba en el pasivo el año anterior (contra 763) y por lo que pagas al liquidarlo (normalmente contra 572)
Haber Se abona
- En la 5590, por las pérdidas del ejercicio hasta el importe por el que figuraba en el activo el año anterior (contra 663) y por lo que cobras al liquidarlo (normalmente contra 572)
- En la 5595, por lo que cobras al contratar el derivado (normalmente contra 572) y por las pérdidas del ejercicio (contra 663)
Ejemplos de asientos
Compras una opción
El 1 de septiembre pagas una prima de 500 € por una opción sobre divisa que vence en seis meses.
Al cierre ha ganado valor
A 31 de diciembre la opción vale 800 €. Registras la ganancia de 300 €.
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 5590 Activos por derivados financieros a corto plazo | 300,00 | |
| 763 Beneficios por valoración de activos y pasivos financieros por su valor razonable | 300,00 | |
| Total | 300,00 | 300,00 |
Liquidas la opción
El 1 de marzo liquidas la opción y cobras 800 €.
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 800,00 | |
| 5590 Activos por derivados financieros a corto plazo | 800,00 | |
| Total | 800,00 | 800,00 |
Subcuentas
- 5590 Activos por derivados financieros a corto plazo
- 5595 Pasivos por derivados financieros a corto plazo
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Subcuenta 5590:
Subcuenta 5595:
Importe correspondiente a las operaciones con derivados financieros, clasificados en la cartera de negociación de acuerdo con lo dispuesto en las normas de registro y valoración, cuyo plazo de liquidación no sea superior a un año. En particular, se recogerán en esta cuenta las primas pagadas o cobradas en operaciones con opciones, así como, con carácter general, las variaciones en el valor razonable de los instrumentos financieros derivados con los que opere la empresa: opciones, futuros, permutas financieras compraventa a plazo de moneda extranjera, etc.
El contenido y movimiento de las cuentas citadas de cuatro cifras es el siguiente:
Subcuenta 5590:
Importe correspondiente a las operaciones con derivados financieros a corto plazo, con valoración favorable para la empresa, incluidos en la categoría «Activos financieros mantenidos para negociar».
Figurará en el activo corriente del balance.
a) Se cargará:
a1) Por las cantidades satisfechas en el momento de la contratación, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
a2) Por las ganancias que se generen en el ejercicio, con abono a la cuenta 763.
b) Se abonará:
b1) Por las pérdidas que se generen en el ejercicio hasta el límite del importe por el que figurara registrado el derivado en el activo en el ejercicio anterior, con cargo a la cuenta 663.
b2) Por el importe recibido en el momento de la liquidación, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
Subcuenta 5595:
Importe correspondiente a las operaciones con derivados financieros a corto plazo, con valoración desfavorable para la empresa, incluidos en la categoría «Pasivos financieros mantenidos para negociar».
Figurará en el pasivo corriente del balance.
a) Se abonará:
a1) Por el importe recibido en el momento de la contratación, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
a2) Por las pérdidas que se generen en el ejercicio, con cargo a la cuenta 663.
b) Se cargará:
b1) Por las ganancias que se generen en el ejercicio hasta el límite del importe por el que figurara registrado el derivado en el pasivo en el ejercicio anterior, con abono a la cuenta 763.
b2) Por las cantidades satisfechas en el momento de la liquidación, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.