| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 540 Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio | 600,00 | |
| 763 Beneficios por valoración de activos y pasivos financieros por su valor razonable | 600,00 | |
| Total | 600,00 | 600,00 |
763 Beneficios por valoración de activos y pasivos financieros por su valor razonable
- NaturalezaIngreso
- SaldoAcreedor
- UsoPoco frecuente
Recoge las ganancias al valorar a valor razonable los activos financieros que tienes para negociar, como acciones cotizadas que piensas vender pronto.
Qué es la cuenta 763
Algunos activos financieros, como las acciones que compras para venderlas a corto plazo, se valoran a valor razonable: en la práctica, su precio de mercado. Si ese valor sube, la ganancia va a la 763 aunque todavía no hayas vendido.
La definición la limita a activos y pasivos financieros mantenidos para negociar y a activos financieros híbridos. También recoge la bajada de valor de esos pasivos financieros.
Se abona contra la cuenta del propio elemento, por ejemplo la 540. La pérdida contraria va a la 663. Al cierre se salda contra la 129. Es poco frecuente en pymes.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Al cierre del ejercicio, por todo su saldo, para llevarlo al resultado (contra 129).
Haber Se abona
- Por el aumento del valor razonable de los activos financieros (contra la cuenta del elemento, por ejemplo 540).
- Por la disminución del valor de los pasivos financieros (contra la cuenta del elemento).
Ejemplo de asiento
Tus acciones cotizadas suben de valor
En marzo compraste acciones cotizadas por 5.000 € para venderlas en unos meses. El 31 de diciembre su valor de mercado es de 5.600 €.
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Beneficios originados por la valoración a valor razonable de activos y pasivos financieros clasificados como mantenidos para negociar o de activos financieros híbridos.
Se abonará por el aumento en el valor razonable de los activos financieros o la disminución en el valor de los pasivos financieros, con cargo a la correspondiente cuenta del elemento patrimonial.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.