| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 705 Prestaciones de servicios | 80.000,00 | |
| 640 Sueldos y salarios | 40.000,00 | |
| 621 Arrendamientos y cánones | 12.000,00 | |
| 681 Amortización del inmovilizado material | 8.000,00 | |
| 129 Resultado del ejercicio | 20.000,00 | |
| Total | 80.000,00 | 80.000,00 |
129 Resultado del ejercicio
- NaturalezaPatrimonio neto
- SaldoDeudor o acreedor
- UsoMuy usada
Resultado del ejercicio: el beneficio o la pérdida del último año cerrado, que queda aquí hasta que se decide qué hacer con él.
Qué es la cuenta 129
La cuenta 129 recoge el resultado del año, positivo o negativo. Al cierre, todas las cuentas de gastos (grupo 6) e ingresos (grupo 7) se saldan contra ella, y su saldo final es el beneficio o la pérdida.
Si hay beneficio, la 129 tiene saldo acreedor; si hay pérdida, deudor. Ese saldo se queda pendiente hasta que se aplica: a reservas, dividendos, compensar pérdidas o, si hay pérdida, a la cuenta 121.
La usa cualquier empresa o autónomo que lleve contabilidad.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Al cierre, para calcular el resultado, por las cuentas de los grupos 6 y 7 con saldo deudor, sobre todo los gastos (contra esas cuentas)
- Cuando se aplica el beneficio según el acuerdo de reparto (contra 112, 113, 120, 526 u otras que correspondan)
Haber Se abona
- Al cierre, para calcular el resultado, por las cuentas de los grupos 6 y 7 con saldo acreedor, sobre todo los ingresos (contra esas cuentas)
- Cuando se traspasa una pérdida a resultados negativos de ejercicios anteriores (contra 121)
Ejemplos de asientos
Regularizas gastos e ingresos al cierre
El 31 de diciembre tu empresa tiene 80.000 € de prestaciones de servicios, 40.000 € de sueldos, 12.000 € de alquiler y 8.000 € de amortización. Saldas todas contra la 129.
La 129 queda con 20.000 € de saldo acreedor: ese es el beneficio del año.
Repartes el beneficio
El 25 de junio la junta aprueba repartir los 20.000 €: 2.000 € a reserva legal, 10.000 € a dividendos y 8.000 € a reservas voluntarias.
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Resultado, positivo o negativo, del último ejercicio cerrado, pendiente de aplicación. Su movimiento es el siguiente:
a) Se abonará:
a1) Para determinar el resultado del ejercicio, con cargo a las cuentas de los grupos 6 y 7 que presenten al final del ejercicio saldo acreedor.
a2) Por el traspaso del resultado negativo, con cargo a la cuenta 121.
b) Se cargará:
b1) Para determinar el resultado del ejercicio, con abono a las cuentas de los grupos 6 y 7 que presenten al final del ejercicio saldo deudor.
b2) Cuando se aplique el resultado positivo conforme al acuerdo de distribución del resultado, con abono a las cuentas que correspondan.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.