| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 663 Pérdidas por valoración de activos y pasivos financieros por su valor razonable | 400,00 | |
| 540 Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio | 400,00 | |
| Total | 400,00 | 400,00 |
663 Pérdidas por valoración de activos y pasivos financieros por su valor razonable
- NaturalezaGasto
- SaldoDeudor
- UsoPoco frecuente
Recoge la pérdida que aparece al valorar por su valor razonable las inversiones financieras para negociar, como acciones cotizadas compradas para vender pronto.
Qué es la cuenta 663
Algunos activos y pasivos financieros se valoran a su valor razonable, que en la práctica suele ser su precio de mercado. Es el caso de los que se mantienen para negociar, como acciones cotizadas compradas para venderlas a corto plazo, y de los activos financieros híbridos.
Si al valorarlos su precio ha bajado (o el del pasivo ha subido), la diferencia es una pérdida y va a la 663.
En una pyme pequeña es poco frecuente.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Por la bajada del valor razonable de los activos financieros o la subida del valor de los pasivos financieros (contra la cuenta del propio activo o pasivo)
Haber Se abona
- Al cierre del ejercicio, por todo su saldo (contra 129)
Ejemplo de asiento
Bajan tus acciones cotizadas
El 31 de diciembre las acciones cotizadas que compraste para vender a corto plazo valen 400 € menos que cuando las anotaste.
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Pérdidas originadas por la valoración a valor razonable de activos y pasivos financieros clasificados como mantenidos para negociar o de activos financieros híbridos.
Se cargará por la disminución en el valor razonable de los activos financieros o el aumento en el valor de los pasivos financieros, con abono a la correspondiente cuenta del elemento patrimonial.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.