| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 6.500,00 | |
| 6663 Pérdidas en participaciones y valores representativos de deuda a largo plazo, otras empresas | 1.500,00 | |
| 250 Inversiones financieras alargo plazo en instrumentos de patrimonio | 8.000,00 | |
| Total | 8.000,00 | 8.000,00 |
666 Pérdidas en participaciones y valores representativos de deuda
- NaturalezaGasto
- SaldoDeudor
- UsoPoco frecuente
Recoge la pérdida al vender o dar de baja acciones, participaciones, bonos u otros valores de deuda por menos de lo que tenías anotado.
Qué es la cuenta 666
La 666 recoge la pérdida que sufres al vender, dar de baja o cancelar participaciones en otras empresas o valores de deuda, como bonos o letras, cuando recibes menos de su valor en libros.
No incluye las pérdidas por valoración a valor razonable (663) ni las de participaciones a largo plazo en empresas del grupo, asociadas o vinculadas (673).
En una pyme pequeña es poco frecuente.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Por la pérdida producida en la venta, baja o cancelación de los valores (contra cuentas de los subgrupos 24, 25, 53 y 54)
Haber Se abona
- Al cierre del ejercicio, por todo su saldo (contra 129)
Ejemplo de asiento
Vendes participaciones con pérdida
El 18 de octubre vendes por 6.500 € unas participaciones en otra empresa que tenías anotadas por 8.000 €. Cobras por banco.
Subcuentas
- 6660 Pérdidas en valores representativos de deuda a largo plazo, empresas del grupo
- 6661 Pérdidas en valores representativos de deuda a largo plazo, empresas asociadas
- 6662 Pérdidas en valores representativos de deuda a largo plazo, otras partes vinculadas
- 6663 Pérdidas en participaciones y valores representativos de deuda a largo plazo, otras empresas
- 6665 Pérdidas en participaciones y valores representativos de deuda a corto plazo, empresas del grupo
- 6666 Pérdidas en participaciones y valores representativos de deuda a corto plazo, empresas asociadas
- 6667 Pérdidas en valores representativos de deuda a corto plazo, otras partes vinculadas
- 6668 Pérdidas en valores representativos de deuda a corto plazo, otras empresas
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Pérdidas producidas por la baja, enajenación, o cancelación de valores representativos de deuda e instrumentos de patrimonio, excluidas las que deban registrarse en las cuentas 663 y 673.
Se cargará por la pérdida producida, con abono a cuentas de los subgrupos 24, 25, 53 y 54.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.