| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 4004 Proveedores (moneda extranjera) | 1.000,00 | |
| 668 Diferencias negativas de cambio | 50,00 | |
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 1.050,00 | |
| Total | 1.050,00 | 1.050,00 |
668 Diferencias negativas de cambio
- NaturalezaGasto
- SaldoDeudor
- UsoUso ocasional
Recoge las pérdidas por cambios del tipo de cambio en cobros, pagos, saldos y deudas en moneda extranjera, como el dólar.
Qué es la cuenta 668
Si compras, vendes o tienes dinero en otra moneda, el tipo de cambio se mueve entre la fecha de la factura y la del pago o cobro. Cuando eso te hace perder euros, la diferencia va a la 668.
Se anota en dos momentos: al cierre del ejercicio, por los saldos en moneda extranjera que siguen vivos, y cuando se pagan o cobran.
Caso típico: pagas en dólares una factura de un proveedor y, al pagarla, te cuesta más en euros de lo que anotaste.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- En cada cierre, por la pérdida de valor de las partidas en moneda extranjera que siguen vivas (contra la cuenta de esa partida, como 4304 o 4004)
- Cuando la partida vence o se cancela pagando en moneda extranjera (generalmente contra cuentas del subgrupo 57)
Haber Se abona
- Al cierre del ejercicio, por todo su saldo (contra 129)
Ejemplos de asientos
Pagas una factura en dólares y te cuesta más
El 20 de mayo pagas a un proveedor americano una factura que anotaste por 1.000 €. Por el cambio del día, el pago te cuesta 1.050 €.
Un cliente en dólares vale menos al cierre
El 31 de diciembre un cliente te debe una factura en dólares que anotaste por 2.000 €. Al cambio de ese día vale 1.970 €.
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 668 Diferencias negativas de cambio | 30,00 | |
| 4304 Clientes (moneda extranjera) | 30,00 | |
| Total | 30,00 | 30,00 |
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Pérdidas producidas por modificaciones del tipo de cambio en partidas monetarias denominadas en moneda extranjera.
Se cargará:
a1) En cada cierre, por la pérdida de valoración de las partidas monetarias vivas a dicha fecha, con abono a las cuentas representativas de las mismas denominadas en moneda extranjera.
a2) Cuando venzan o se cancelen anticipadamente las partidas monetarias, mediante entrega del efectivo en moneda extranjera, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.