Próximo plazo: IVA y pago fraccionado del 4.º trimestre, en enero de 2027 Ver guías de impuestos →
PGC PYMES · Grupo 5. Cuentas financieras

554 Cuenta corriente con uniones temporales de empresas y comunidades de bienes

  • NaturalezaMixta
  • SaldoDeudor o acreedor
  • UsoPoco frecuente
En resumen

Cuenta corriente con las uniones temporales de empresas (UTE) y comunidades de bienes en las que participa tu empresa.

Qué es la cuenta 554

Una UTE es una agrupación temporal de varias empresas para hacer un proyecto concreto, por ejemplo una obra. Una comunidad de bienes es una propiedad o negocio compartido entre varios.

Esta cuenta recoge lo que tu empresa aporta y recibe de ellas: dinero, servicios, medios prestados y la parte de resultados que te asignan.

Es poco frecuente en una pyme, salvo en sectores como la construcción, donde las UTE son habituales.

Cuándo se carga y cuándo se abona

Debe Se carga

  • Por las remesas o entregas que haces a la UTE o comunidad (contra cuentas de los grupos 2, 5 y 7 según el caso, por ejemplo 572 o 751)

Haber Se abona

  • Por lo que recibes de la UTE o comunidad (contra cuentas de los grupos 2, 5 y 6 según el caso, por ejemplo 572 o 651)

Ejemplos de asientos

Aportas dinero a una UTE

El 1 de febrero transfieres 6.000 € a la UTE que has formado con otra empresa para una obra.

CuentaDebeHaber
554 Cuenta corriente con uniones temporales de empresas y comunidades de bienes 6.000,00
572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 6.000,00
Total6.000,006.000,00

Te asignan un beneficio

A 31 de diciembre la UTE te asigna 2.000 € de beneficio, que te pagará más adelante.

CuentaDebeHaber
554 Cuenta corriente con uniones temporales de empresas y comunidades de bienes 2.000,00
751 Resultados de operaciones en común 2.000,00
Total2.000,002.000,00
Definición oficial del PGC Texto del BOE

Recoge los movimientos con las uniones temporales de empresas y comunidades de bienes en las que participe la empresa, derivados de aportaciones dinerarias, incluida la fundacional, devoluciones dinerarias de las uniones temporales de empresas, prestaciones recíprocas de medios, servicios y otros suplidos, y asignaciones de los resultados obtenidos en las mismas.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará por las remesas o entregas efectuadas por la empresa, con abono a las cuentas de los grupos 2, 5 y 7 que correspondan.

b) Se abonará por las recepciones a favor de la empresa, con cargo a las cuentas de los grupos 2, 5 y 6 que correspondan.

Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).

Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.