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PGC PYMES · Grupo 5. Cuentas financieras

570 Caja, euros

  • NaturalezaActivo
  • SaldoDeudor
  • UsoMuy usada
En resumen

El dinero en efectivo, en euros, que tiene la empresa en caja: billetes y monedas para cobros y pagos al contado.

Qué es la cuenta 570

Es la caja del negocio: el efectivo en euros que guardas en la tienda, la oficina o el cajón. Cada vez que entra dinero en metálico se carga, y cada vez que sale se abona.

Su saldo nunca puede ser acreedor: no puedes tener menos de cero euros en caja. Si te sale negativo, hay un error en los apuntes.

La usa casi cualquier autónomo o pyme que cobre o pague en efectivo.

Cuándo se carga y cuándo se abona

Debe Se carga

  • Cuando entra efectivo en caja (contra la cuenta que corresponda según la operación: por ejemplo 700 si vendes al contado, 430 si te paga un cliente o 572 si sacas dinero del banco)

Haber Se abona

  • Cuando sale efectivo de caja (contra la cuenta que corresponda según la operación: por ejemplo 629 si pagas un gasto, 400 si pagas a un proveedor o 572 si ingresas en el banco)

Ejemplos de asientos

Vendes al contado

El 3 de marzo vendes en tu tienda productos por 100 € más 21 € de IVA y el cliente paga 121 € en efectivo.

CuentaDebeHaber
570 Caja, euros 121,00
700 Ventas de mercaderías 100,00
477 Hacienda Pública, IVA repercutido 21,00
Total121,00121,00

Pagas un gasto pequeño en efectivo

El 5 de marzo pagas en efectivo 60,50 € por un servicio de mensajería (50 € + 10,50 € de IVA).

CuentaDebeHaber
624 Transportes 50,00
472 Hacienda Pública, IVA soportado 10,50
570 Caja, euros 60,50
Total60,5060,50

Ingresas la caja en el banco

El 31 de marzo ingresas 500 € de la caja en la cuenta bancaria.

CuentaDebeHaber
572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 500,00
570 Caja, euros 500,00
Total500,00500,00
Definición oficial del PGC Texto del BOE

Disponibilidades de medios líquidos en caja.

Figurarán en el activo corriente del balance.

Su movimiento es el siguiente:

Se cargarán a la entrada de los medios líquidos y se abonarán a su salida, con abono y cargo a las cuentas que han de servir de contrapartida, según la naturaleza de la operación que provoca el cobro o el pago.

Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).

Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.