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PGC PYMES · Grupo 4. Acreedores y deudores por operaciones comerciales

438 Anticipos de clientes

  • NaturalezaPasivo
  • SaldoAcreedor
  • UsoUso ocasional
En resumen

Dinero que te adelanta un cliente a cuenta de una venta futura; es una deuda contigo hasta que le entregas la mercancía.

Qué es la cuenta 438

Cuando un cliente te paga antes de recibir lo que ha comprado, ese dinero aún no es una venta: le debes la mercancía. La 438 recoge esos anticipos hasta que haces la entrega.

Su saldo es acreedor y figura en el pasivo corriente. Si el anticipo viene de una empresa del grupo, asociada o vinculada, hay que abrir una cuenta de tres cifras específica.

Caso típico: un taller de muebles a medida cobra una señal al aceptar el pedido. Al entregar el mueble, factura el total y descuenta la señal.

Cuándo se carga y cuándo se abona

Debe Se carga

  • Cuando entregas la mercancía o los bienes al cliente (normalmente contra cuentas del subgrupo 70)

Haber Se abona

  • Cuando cobras el anticipo (contra la cuenta que corresponda del subgrupo 57)

Ejemplos de asientos

Cobras una señal de un cliente

El 2 de marzo un cliente te paga por transferencia una señal de 1.000 € más 210 € de IVA por un pedido de muebles.

CuentaDebeHaber
572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 1.210,00
438 Anticipos de clientes 1.000,00
477 Hacienda Pública, IVA repercutido 210,00
Total1.210,001.210,00

El anticipo lleva su propio IVA en la factura del anticipo.

Entregas el pedido

El 15 de abril entregas los muebles. El total es de 3.000 € más IVA y descuentas la señal, así que el cliente te debe 2.000 € más 420 € de IVA.

CuentaDebeHaber
438 Anticipos de clientes 1.000,00
430 Clientes 2.420,00
701 Ventas de productos terminados 3.000,00
477 Hacienda Pública, IVA repercutido 420,00
Total3.420,003.420,00
Definición oficial del PGC Texto del BOE

Entregas de clientes, normalmente en efectivo, en concepto de «a cuenta» de suministros futuros.

Cuando estas entregas se efectúen por empresas del grupo, multigrupo, asociadas u otras partes vinculadas deberán desarrollarse las cuentas de tres cifras correspondientes.

Figurará en el pasivo corriente del balance.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se abonará por las recepciones en efectivo, con cargo a la cuenta que corresponda del subgrupo 57.

b) Se cargará por las remesas de mercaderías u otros bienes a los clientes, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 70.

Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).

Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.