| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 434 Clientes, empresas asociadas | 3.630,00 | |
| 705 Prestaciones de servicios | 3.000,00 | |
| 477 Hacienda Pública, IVA repercutido | 630,00 | |
| Total | 3.630,00 | 3.630,00 |
434 Clientes, empresas asociadas
- NaturalezaActivo
- SaldoDeudor
- UsoPoco frecuente
Lo que te deben empresas multigrupo o asociadas como clientes, aunque esté en letras o cedido en factoring con riesgo para ti.
Qué es la cuenta 434
La 434 recoge los créditos con clientes que son empresas multigrupo o asociadas, es decir, sociedades sobre las que tu empresa o tu grupo tiene influencia significativa o control conjunto con otros.
Funciona igual que la 430. Su saldo es deudor y figura en el activo corriente. Es poco frecuente en pymes que no participan en otras sociedades.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Como en la 430: cuando vendes o facturas servicios a la empresa asociada (contra cuentas del subgrupo 70), por envases con derecho a devolución y, en su caso, por intereses del aplazamiento (contra 762)
Haber Se abona
- Como en la 430: cuando cobras (contra 57), por rappels (contra 709), descuentos por pronto pago fuera de factura (contra 706), devoluciones (contra 708), paso a dudoso cobro (contra 436) y parte incobrable (contra 650)
Ejemplo de asiento
Prestas un servicio a una empresa asociada
El 20 de septiembre facturas a una empresa asociada un servicio de 3.000 € más 630 € de IVA.
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Créditos con las empresas multigrupo y asociadas en su calidad de clientes, incluso si se han formalizado en efectos de giro o son créditos cedidos en operaciones de «factoring» en los que la empresa retiene sustancialmente los riesgos y beneficios de los derechos de cobro.
Figurará en el activo corriente del balance.
Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 430.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.