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PGC PYMES · Grupo 1. Financiación básica

172 Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados

  • NaturalezaPasivo
  • SaldoAcreedor
  • UsoUso ocasional
En resumen

Deudas a largo plazo transformables en subvenciones: ayudas o donaciones que, de momento, habría que devolver y vencen a más de un año.

Qué es la cuenta 172

La cuenta 172 recoge las cantidades concedidas como subvención, donación o legado que todavía son reintegrables, es decir, que habría que devolver si no se cumplen las condiciones, con vencimiento a más de un año.

Mientras exista esa posibilidad, son una deuda. Cuando dejan de ser reintegrables, pasan a subvenciones (130, 131 o 132) o a ingresos del subgrupo 74.

Si hay que devolver una parte, se pasa a la cuenta 4758.

Cuándo se carga y cuándo se abona

Debe Se carga

  • Cuando, según las condiciones de la concesión, se reduce total o parcialmente la ayuda (contra 4758)
  • Cuando deja de ser reintegrable, por todo su saldo (contra 130, 131, 132 o una cuenta del subgrupo 74)

Haber Se abona

  • Por las cantidades concedidas (contra cuentas de los subgrupos 47 o 57, por ejemplo 4708 o 572)

Ejemplos de asientos

Recibes una ayuda con condiciones

El 1 de febrero cobras 50.000 € de una ayuda pública para comprar maquinaria. Si no mantienes la inversión varios años, tendrás que devolverla.

CuentaDebeHaber
572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 50.000,00
172 Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados 50.000,00
Total50.000,0050.000,00

La ayuda deja de ser reintegrable

El 31 de diciembre ya cumples todas las condiciones y la ayuda deja de ser reintegrable.

CuentaDebeHaber
172 Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados 50.000,00
130 Subvenciones oficiales de capital 50.000,00
Total50.000,0050.000,00

Tienes que devolver una parte

En otro caso, el 31 de diciembre incumples parte de las condiciones y te comunican que debes devolver 10.000 €.

CuentaDebeHaber
172 Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados 10.000,00
4758 Hacienda Pública, acreedora por subvenciones a reintegrar 10.000,00
Total10.000,0010.000,00
Definición oficial del PGC Texto del BOE

Cantidades concedidas por las Administraciones Públicas, tanto nacionales como internacionales, empresas o particulares con carácter de subvención, donación o legado reintegrable, con vencimiento superior a un año.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se abonará por las cantidades concedidas a la empresa con cargo, generalmente, a cuentas de los subgrupos 47 ó 57.

b) Se cargará:

b1) Por cualquier circunstancia que determine la reducción total o parcial de las mismas, con arreglo a los términos de su concesión, con abono, generalmente, a la cuenta 4758.

b2) Si pierde su carácter de reintegrable, con abono de su saldo a las cuentas 130, 131 ó 132 o a cuentas del subgrupo 74.

Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).

Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.