| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 218 Elementos de transporte | 20.000,00 | |
| 472 Hacienda Pública, IVA soportado | 4.200,00 | |
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 24.200,00 | |
| Total | 24.200,00 | 24.200,00 |
218 Elementos de transporte
- NaturalezaActivo
- SaldoDeudor
- UsoMuy usada
Recoge coches, furgonetas, camiones y cualquier vehículo de transporte de la empresa que salga al exterior.
Qué es la cuenta 218
Aquí van los vehículos de cualquier tipo para transportar personas, animales, materiales o mercancías por tierra, mar o aire: un coche, una furgoneta de reparto o un camión.
Los vehículos que solo se mueven dentro de la fábrica o el taller, como una carretilla, no van aquí sino en la 213. La amortización de los vehículos se acumula en la 2818.
Es habitual en autónomos y pymes con reparto o desplazamientos. La deducción del IVA de los vehículos tiene reglas propias; consúltalas antes de contabilizar.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Cuando compras el vehículo, por su precio de adquisición (normalmente contra 572 u otra cuenta del subgrupo 57)
Haber Se abona
- Cuando lo vendes o lo das de baja, por su valor de compra; a la vez se cancela su amortización acumulada (normalmente contra 572 u otra cuenta del subgrupo 57, y contra 2818)
- Si la venta o la baja genera una pérdida, por esa pérdida (contra 671)
Ejemplos de asientos
Compras una furgoneta de reparto
El 1 de marzo compras una furgoneta por 20.000 € más 4.200 € de IVA (21 %) y la pagas por transferencia: 24.200 € en total.
Aquí se supone que todo el IVA es deducible; en vehículos depende de su uso.
Vendes la furgoneta con pérdida
El 30 de junio vendes por 6.000 € más 1.260 € de IVA una furgoneta que te costó 20.000 € y de la que tenías amortizados 12.000 €.
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 7.260,00 | |
| 2818 Amortización acumulada de elementos de transporte | 12.000,00 | |
| 671 Pérdidas procedentes del inmovilizado material | 2.000,00 | |
| 218 Elementos de transporte | 20.000,00 | |
| 477 Hacienda Pública, IVA repercutido | 1.260,00 | |
| Total | 21.260,00 | 21.260,00 |
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Vehículos de todas clases utilizables para el transporte terrestre, marítimo o aéreo de personas, animales, materiales o mercaderías, excepto los que se deban registrar en la cuenta 213.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.