| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 210 Terrenos y bienes naturales | 30.000,00 | |
| 211 Construcciones | 90.000,00 | |
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 120.000,00 | |
| Total | 120.000,00 | 120.000,00 |
210 Terrenos y bienes naturales
- NaturalezaActivo
- SaldoDeudor
- UsoUso ocasional
Recoge solares, fincas rústicas, otros terrenos, minas y canteras que la empresa usa en su actividad.
Qué es la cuenta 210
Esta cuenta guarda los terrenos que la empresa tiene para su propia actividad: solares urbanos, fincas rústicas, otros terrenos, minas y canteras. Es inmovilizado material y va en el activo no corriente.
Cuando compras un local o una nave, el precio incluye el suelo y el edificio. El suelo va aquí y el edificio en la 211. Por regla general, los terrenos no se amortizan.
Si el terreno lo tienes para alquilarlo o venderlo más caro en el futuro, no va aquí sino en la 220. Es de uso ocasional en una pyme.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Cuando compras el terreno, por su precio de adquisición (normalmente contra 572 u otra cuenta del subgrupo 57)
- Cuando terminan los trabajos de adaptación del terreno que estaban en curso (contra 230)
- Cuando un terreno que tenías como inversión pasa a usarse en la actividad (contra 220)
Haber Se abona
- Cuando lo vendes o lo das de baja (normalmente contra 572 u otra cuenta del subgrupo 57)
- Si la venta o la baja genera una pérdida, por esa pérdida (contra 671)
- Cuando deja de usarse en la actividad y pasa a tenerse como inversión (contra 220)
Ejemplos de asientos
Compras un local y separas suelo y edificio
El 15 de marzo compras un local por 120.000 € y lo pagas por banco. Según la escritura, 30.000 € corresponden al suelo y 90.000 € al edificio.
Los impuestos de la compra dependen de cada caso y aquí no se incluyen.
Vendes un terreno con pérdida
El 10 de octubre vendes por 50.000 € un terreno que te costó 60.000 €. Cobras por transferencia.
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Solares de naturaleza urbana, fincas rústicas, otros terrenos no urbanos, minas y canteras.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.