| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 230 Adaptación de terrenos y bienes naturales | 10.000,00 | |
| 472 Hacienda Pública, IVA soportado | 2.100,00 | |
| 523 Proveedores de inmovilizado a corto plazo | 12.100,00 | |
| Total | 12.100,00 | 12.100,00 |
230 Adaptación de terrenos y bienes naturales
- NaturalezaActivo
- SaldoDeudor
- UsoPoco frecuente
Recoge los trabajos de adaptación de terrenos que siguen en curso al cierre del ejercicio, antes de que el terreno esté listo para usarse.
Qué es la cuenta 230
Esta cuenta recoge, al cierre del ejercicio, los trabajos de adaptación de terrenos y bienes naturales que aún no han terminado, como allanar, vallar o urbanizar una parcela.
Mientras la obra está en marcha, su coste se acumula aquí. Cuando termina, pasa a la cuenta definitiva del subgrupo 21, normalmente la 210.
Es poco frecuente en una pyme pequeña: solo aparece si al cierre tienes una obra de este tipo a medias.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Cuando recibes obras y trabajos de adaptación del terreno hechos por otros (normalmente contra 523 o contra 572)
- Por los trabajos que hace tu propia empresa (contra 733)
Haber Se abona
- Cuando terminan los trabajos, por su coste total (contra la cuenta del subgrupo 21 que corresponda, normalmente 210)
Ejemplos de asientos
Recibes una certificación de obra
El 15 de noviembre recibes la factura de una empresa que está allanando y vallando tu parcela: 10.000 € más 2.100 € de IVA (21 %), a pagar en 60 días.
Terminan los trabajos
El 20 de marzo del año siguiente terminan los trabajos de la parcela, que suman 10.000 €.
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 210 Terrenos y bienes naturales | 10.000,00 | |
| 230 Adaptación de terrenos y bienes naturales | 10.000,00 | |
| Total | 10.000,00 | 10.000,00 |
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Trabajos de adaptación, construcción o montaje al cierre del ejercicio realizados con anterioridad a la puesta en condiciones de funcionamiento de los distintos elementos del inmovilizado material, incluidos los realizados en inmuebles.
Su movimiento es el siguiente:
a) Se cargarán:
a1) Por la recepción de obras y trabajos que corresponden a las inmovilizaciones en curso.
a2) Por las obras y trabajos que la empresa lleve a cabo para sí misma, con abono a la cuenta 733.
b) Se abonarán una vez terminadas dichas obras y trabajos, con cargo a cuentas del subgrupo 21.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.