| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 623 Servicios de profesionales independientes | 200,00 | |
| 472 Hacienda Pública, IVA soportado | 42,00 | |
| 4751 Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas | 30,00 | |
| 410 Acreedores por prestaciones de servicios | 212,00 | |
| Total | 242,00 | 242,00 |
623 Servicios de profesionales independientes
- NaturalezaGasto
- SaldoDeudor
- UsoMuy usada
Recoge los honorarios de gestores, abogados, notarios, auditores y otros profesionales independientes, y las comisiones de agentes mediadores.
Qué es la cuenta 623
En la 623 anotas lo que pagas a profesionales que no son empleados tuyos: tu gestoría o asesoría, un abogado, el notario, un auditor, un economista o un diseñador autónomo.
También incluye las comisiones de agentes mediadores independientes, por ejemplo un comercial autónomo que cobra por cada venta que te consigue.
Cuando el profesional te factura con retención de IRPF, normalmente del 15 %, se la descuentas al pagar y la ingresas tú en Hacienda (4751). En la 623 va la base completa, sin IVA.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Al recibir la factura del profesional y quedar pendiente el pago (contra 410)
- Si le pagas en el momento (contra 572)
- Si retienes al profesional, por sus honorarios íntegros; la retención se abona en la 4751 dentro del mismo asiento
Haber Se abona
- Al cierre del ejercicio, por todo su saldo (contra 129)
Ejemplos de asientos
La factura mensual de tu gestoría
El 31 de enero tu gestoría te factura 200 € más 42 € de IVA, con una retención del 15 % (30 €). Le debes 212 €.
Pagas a un abogado
El 10 de octubre pagas por transferencia la minuta de un abogado: 1.000 € más 210 € de IVA, menos 150 € de retención. Le transfieres 1.060 €.
Comisión de un agente comercial
El 30 de noviembre un agente comercial independiente te factura su comisión: 500 € más 105 € de IVA, menos 75 € de retención. Le debes 530 €.
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Importe que se satisface a los profesionales por los servicios prestados a la empresa.
Comprende los honorarios de economistas, abogados, auditores, notarios, etc., así como las comisiones de agentes mediadores independientes.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.