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PGC PYMES · Grupo 2. Activo no corriente

203 Propiedad industrial

  • NaturalezaActivo
  • SaldoDeudor
  • UsoUso ocasional
En resumen

Recoge lo pagado por patentes, modelos de utilidad y otros derechos de propiedad industrial que la empresa debe tener en su inventario.

Qué es la cuenta 203

La propiedad industrial son derechos como las patentes de invención o los modelos de utilidad. En esta cuenta va lo que pagas por tenerlos o por usarlos, cuando el contrato obliga a la empresa a incluirlos en su inventario.

También recoge los gastos de desarrollo de un proyecto que ha salido bien y se ha inscrito en el registro correspondiente. En ese caso el importe sale de la cuenta 201.

Es de uso ocasional: la verás en pymes que registran sus propias marcas o patentes, o que compran derechos de este tipo a otra empresa.

Cuándo se carga y cuándo se abona

Debe Se carga

  • Cuando compras el derecho a otra empresa (normalmente contra 572 u otra cuenta del subgrupo 57)
  • Cuando un desarrollo propio sale bien y se inscribe en el registro (contra 201)
  • Por los pagos necesarios para la inscripción en el registro (normalmente contra 572 u otra cuenta del subgrupo 57)

Haber Se abona

  • Cuando lo vendes o lo das de baja (normalmente contra 572 u otra cuenta del subgrupo 57)
  • Si la baja genera una pérdida, por esa pérdida (contra 670)

Ejemplos de asientos

Compras una patente

El 20 de abril compras a otra empresa una patente por 15.000 € más 3.150 € de IVA (21 %) y la pagas por transferencia: 18.150 € en total.

CuentaDebeHaber
203 Propiedad industrial 15.000,00
472 Hacienda Pública, IVA soportado 3.150,00
572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 18.150,00
Total18.150,0018.150,00

Pagas la inscripción de tu marca

El 3 de marzo pagas por banco 800 € de tasas para inscribir la marca de tu empresa en el registro.

CuentaDebeHaber
203 Propiedad industrial 800,00
572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 800,00
Total800,00800,00

Un desarrollo propio se convierte en patente

El 30 de junio se inscribe la patente de un proyecto de desarrollo que tenías activado por 25.000 €.

CuentaDebeHaber
203 Propiedad industrial 25.000,00
201 Desarrollo 25.000,00
Total25.000,0025.000,00
Definición oficial del PGC Texto del BOE

Importe satisfecho por la propiedad o por el derecho al uso o a la concesión del uso de las distintas manifestaciones de la propiedad industrial, en los casos en que, por las estipulaciones del contrato, deban inventariarse por la empresa adquirente. Este concepto incluye, entre otras, las patentes de invención, los certificados de protección de modelos de utilidad pública y las patentes de introducción.

Esta cuenta comprenderá también los gastos realizados en desarrollo cuando los resultados de los respectivos proyectos emprendidos por la empresa fuesen positivos y, cumpliendo los necesarios requisitos legales, se inscriban en el correspondiente Registro.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará:

a1) Por la adquisición a otras empresas, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.

a2) Por ser positivos e inscritos en el correspondiente Registro Público, los resultados de desarrollo, con abono a la cuenta 201.

a3) Por los desembolsos exigidos para la inscripción en el correspondiente Registro, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.

b) Se abonará por las enajenaciones y en general por la baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la cuenta 670.

Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).

Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.