| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 10.000,00 | |
| 118 Aportaciones de socios o propietarios | 10.000,00 | |
| Total | 10.000,00 | 10.000,00 |
118 Aportaciones de socios o propietarios
- NaturalezaPatrimonio neto
- SaldoAcreedor
- UsoUso ocasional
Aportaciones de socios o propietarios: dinero o bienes que los socios dan a la empresa sin ser capital ni préstamo, por ejemplo para cubrir pérdidas.
Qué es la cuenta 118
La cuenta 118 recoge lo que los socios aportan a la empresa como socios, sin que sea capital, ni pago por algo que la empresa les vende, ni un préstamo que haya que devolver.
El caso más típico es que los socios pongan dinero para compensar pérdidas. Si la empresa tuviera que devolver ese dinero, no iría aquí: sería una deuda.
Es frecuente en SL pequeñas que han tenido pérdidas los primeros años.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Cuando se usa para compensar pérdidas de años anteriores (contra 121)
- Cuando la empresa dispone de la aportación de otra forma
Haber Se abona
- Cuando los socios aportan dinero (contra 572 u otra cuenta del subgrupo 57) o bienes (contra la cuenta del bien recibido)
Ejemplos de asientos
Los socios ponen dinero para tapar pérdidas
El 15 de julio los socios ingresan 10.000 € en la cuenta de la empresa para compensar las pérdidas acumuladas, sin ampliar capital.
Aplicas la aportación a las pérdidas
El 31 de julio la junta aplica esos 10.000 € a compensar los resultados negativos de años anteriores.
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 118 Aportaciones de socios o propietarios | 10.000,00 | |
| 121 Resultados negativos de ejercicios anteriores | 10.000,00 | |
| Total | 10.000,00 | 10.000,00 |
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Elementos patrimoniales entregados por los socios o propietarios de la empresa cuando actúen como tales, en virtud de operaciones no descritas en otras cuentas. Es decir, siempre que no constituyan contraprestación por la entrega de bienes o la prestación de servicios realizados por la empresa, ni tengan la naturaleza de pasivo. En particular, incluye las cantidades entregadas por los socios o propietarios para compensación de pérdidas.
Su movimiento es el siguiente:
a) Se abonará con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 o a las cuentas representativas de los bienes no dinerarios aportados.
b) Se cargará:
b1) Generalmente, con abono a la cuenta 121.
b2) Por la disposición que de la aportación pueda realizarse.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.