Próximo plazo: IVA y pago fraccionado del 4.º trimestre, en enero de 2027 Ver guías de impuestos →
PGC PYMES · Grupo 1. Financiación básica

100 Capital social

  • NaturalezaPatrimonio neto
  • SaldoAcreedor
  • UsoMuy usada
En resumen

Capital social: lo que los socios han puesto en una sociedad mercantil (SL o SA) según la escritura, una vez inscrito en el Registro Mercantil.

Qué es la cuenta 100

La cuenta 100 recoge el capital que figura en la escritura de una sociedad mercantil, como una sociedad limitada o una anónima. Es la base de los fondos propios y aparece en el patrimonio neto del balance.

Solo se apunta aquí cuando el capital queda inscrito en el Registro Mercantil. Mientras tanto, las aportaciones se llevan a las cuentas del subgrupo 19, sobre todo a la 194.

Caso típico: dos socios crean una SL con 3.000 €. Cuando el Registro inscribe la sociedad, ese importe pasa de la 194 a la 100 y se queda ahí mientras no se amplíe o reduzca el capital.

Cuándo se carga y cuándo se abona

Debe Se carga

  • Cuando se reduce el capital, por ejemplo al amortizar participaciones propias
  • Cuando la sociedad se extingue

Haber Se abona

  • Por el capital inicial, en el momento de su inscripción en el Registro Mercantil (contra 194)
  • Por cada ampliación de capital, también al inscribirse (contra 194)

Ejemplos de asientos

Se inscribe la sociedad

El 10 de febrero el Registro Mercantil inscribe tu nueva SL, constituida con un capital de 3.000 € que los socios ya ingresaron en el banco.

CuentaDebeHaber
194 Capital emitido pendiente de inscripción 3.000,00
100 Capital social 3.000,00
Total3.000,003.000,00

El ingreso del dinero se apuntó antes, contra las cuentas 190 y 194.

Ampliación de capital con prima

El 20 de junio se inscribe una ampliación de capital: se emiten participaciones por un nominal de 10.000 € y los nuevos socios pagan 12.000 €.

CuentaDebeHaber
194 Capital emitido pendiente de inscripción 12.000,00
100 Capital social 10.000,00
110 Prima de emisión o asunción 2.000,00
Total12.000,0012.000,00

Lo que se paga por encima del nominal es prima de asunción y va a la cuenta 110.

Definición oficial del PGC Texto del BOE

Capital escriturado en las sociedades que revistan forma mercantil, salvo cuando atendiendo a las características económicas de la emisión deba contabilizarse como pasivo financiero.

Hasta el momento de su inscripción registral y tratándose de sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y comanditarias por acciones, la emisión y suscripción o asunción, de acciones o participaciones, respectivamente, se registrará de conformidad con lo dispuesto en el subgrupo 19.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se abonará por el capital inicial y las sucesivas ampliaciones, en el momento de su inscripción en el Registro Mercantil, con cargo a la cuenta 194.

b) Se cargará por las reducciones del mismo y a la extinción de la sociedad.

Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).

Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.