| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 692 Pérdidas por deterioro de las inversiones inmobiliarias | 10.000,00 | |
| 2921 Deterioro de valor de construcciones | 10.000,00 | |
| Total | 10.000,00 | 10.000,00 |
292 Deterioro de valor de las inversiones inmobiliarias
- NaturalezaCorrectora de activo
- SaldoAcreedor
- UsoPoco frecuente
Recoge las pérdidas de valor reversibles de las inversiones inmobiliarias. Tiene saldo acreedor y resta de su valor en el balance.
Qué es la cuenta 292
Si un piso o un local que tienes como inversión vale menos de lo que figura en tus libros, registras un deterioro aquí, sin tocar la cuenta del inmueble.
Es correctora: tiene saldo acreedor y resta del valor de las cuentas del subgrupo 22 en el balance. Si el valor se recupera, se revierte. Tiene subcuentas 2920 para terrenos y 2921 para construcciones.
Es poco frecuente en una pyme pequeña.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Cuando desaparecen las causas del deterioro, por lo que se recupera (contra 792)
- Cuando vendes o das de baja el inmueble (contra la cuenta del subgrupo 22 que corresponda)
Haber Se abona
- Por el deterioro estimado (contra 692)
Ejemplos de asientos
El piso alquilado pierde valor
El 31 de diciembre la construcción de un piso de inversión figura por 90.000 €, ya restada su amortización, y su valor recuperable es de 80.000 €.
Se recupera parte del valor
Al cierre del año siguiente, el valor recuperable sube y reviertes 4.000 € del deterioro.
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 2921 Deterioro de valor de construcciones | 4.000,00 | |
| 792 Reversión del deterioro de las inversiones inmobiliarias | 4.000,00 | |
| Total | 4.000,00 | 4.000,00 |
Subcuentas
- 2920 Deterioro de valor de los terrenos y bienes naturales
- 2921 Deterioro de valor de construcciones
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Importe de las correcciones valorativas por deterioro del valor que corresponda al inmovilizado intangible, inmovilizado material e inversiones inmobiliarias.
Su movimiento es el siguiente:
a) Se abonarán por el importe del deterioro estimado, con cargo a la cuenta 690, 691 ó 692.
b) Se cargarán:
b1) Cuando desaparezcan las causas que determinaron el reconocimiento de la corrección valorativa por deterioro, con abono a la cuenta 790, 791 ó 792.
b2) Cuando se enajene el inmovilizado o se dé de baja del activo por cualquier otro motivo, con abono a cuentas del subgrupo 20, 21 ó 22.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.