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PGC PYMES · Grupo 2. Activo no corriente

282 Amortización acumulada de las inversiones inmobiliarias

  • NaturalezaCorrectora de activo
  • SaldoAcreedor
  • UsoUso ocasional
En resumen

Acumula la amortización de las inversiones inmobiliarias, como pisos o locales que tienes para alquilar. Resta de su valor en el balance.

Qué es la cuenta 282

Si tienes un inmueble como inversión, por ejemplo un piso alquilado, la parte del edificio se amortiza cada año. El gasto va a la 682 y se acumula en esta cuenta.

Es correctora: tiene saldo acreedor y en el balance resta del valor de las cuentas del subgrupo 22. El terreno, por regla general, no se amortiza.

Es de uso ocasional: solo la necesitas si tu empresa tiene inmuebles de inversión.

Cuándo se carga y cuándo se abona

Debe Se carga

  • Cuando vendes o das de baja la inversión inmobiliaria, se cancela su amortización acumulada (contra la cuenta del subgrupo 22 que corresponda)

Haber Se abona

  • Por la amortización de cada año (contra 682)

Ejemplos de asientos

Amortizas el piso que alquilas

La construcción de un piso que alquilas costó 105.000 € y estimas una vida útil de 50 años. El 31 de diciembre amortizas 2.100 €.

CuentaDebeHaber
682 Amortización de las inversiones inmobiliarias 2.100,00
282 Amortización acumulada de las inversiones inmobiliarias 2.100,00
Total2.100,002.100,00

Vendes un local alquilado

El 30 de septiembre vendes por 75.000 € el edificio de un local alquilado que costó 100.000 €, con 20.000 € amortizados.

CuentaDebeHaber
572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 75.000,00
282 Amortización acumulada de las inversiones inmobiliarias 20.000,00
672 Pérdidas procedentes de las inversiones inmobiliarias 5.000,00
221 Inversiones en construcciones 100.000,00
Total100.000,00100.000,00

Para simplificar, no se incluyen el suelo ni los impuestos de la venta.

Definición oficial del PGC Texto del BOE

Corrección de valor por la depreciación de las inversiones inmobiliarias realizada de acuerdo con un plan sistemático.

Su movimiento es el siguiente.

a) Se abonará por la dotación anual, con cargo a la cuenta 682.

b) Se cargará cuando se enajene la inversión inmobiliaria o se dé de baja del activo por cualquier otro motivo, con abono a cuentas del subgrupo 22.

Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).

Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.