| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 213 Maquinaria | 40.000,00 | |
| 472 Hacienda Pública, IVA soportado | 8.400,00 | |
| 1613 Proveedores de inmovilizado a largo plazo, empresas del grupo | 48.400,00 | |
| Total | 48.400,00 | 48.400,00 |
161 Proveedores de inmovilizado a largo plazo, partes vinculadas
- NaturalezaPasivo
- SaldoAcreedor
- UsoPoco frecuente
Proveedores de inmovilizado a largo plazo, partes vinculadas: lo que debes a más de un año a una empresa vinculada por la compra de inmovilizado.
Qué es la cuenta 161
La cuenta 161 recoge las deudas a más de un año con partes vinculadas, como otra empresa del grupo, que te han vendido bienes del grupo 2: maquinaria, vehículos, equipos o inmuebles. Incluye las formalizadas con letras de cambio.
Si pagas más tarde de lo normal y el precio incluye intereses, esa parte se va sumando a la deuda como gasto financiero.
Es poco frecuente salvo en grupos de empresas.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Cuando pagas la deuda de forma anticipada, total o parcial (contra 572 u otra cuenta del subgrupo 57)
Haber Se abona
- Cuando recibes a conformidad el bien comprado (contra la cuenta del grupo 2 que corresponda)
- Por el gasto financiero que se va devengando hasta llegar al importe que habrá que pagar (contra 662)
Ejemplo de asiento
Compras maquinaria a una empresa del grupo
El 15 de abril compras a una empresa de tu grupo una máquina de 40.000 € + IVA (48.400 €), que pagarás dentro de dos años.
Cuando falte menos de un año para el pago, la deuda se traspasa a la cuenta 511.
Subcuentas
- 1613 Proveedores de inmovilizado a largo plazo, empresas del grupo
- 1614 Proveedores de inmovilizado a largo plazo, empresas asociadas
- 1615 Proveedores de inmovilizado a largo plazo, otras partes vinculadas
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Deudas con partes vinculadas en calidad de suministradores de bienes definidos en el grupo 2, incluidas las formalizadas en efectos de giro, con vencimiento superior a un año.
El movimiento de las cuentas citadas de cuatro cifras es el siguiente:
Subcuentas 1613/1614/1615:
a) Se abonarán:
a1) Por la recepción a conformidad de los bienes suministrados, con cargo a cuentas del grupo 2.
a2) Por el gasto financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso de la deuda, con cargo, generalmente, a la cuenta 662.
b) Se cargarán por la cancelación anticipada, total o parcial, de las deudas, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.