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PGC PYMES · Grupo 7. Ventas e ingresos

799 Reversión del deterioro de créditos a corto plazo

  • NaturalezaIngreso
  • SaldoAcreedor
  • UsoPoco frecuente
En resumen

Recoge el ingreso por la recuperación de valor de créditos a corto plazo que antes habías deteriorado, como un préstamo a menos de un año.

Qué es la cuenta 799

Es la misma idea que la 797, pero con créditos a corto plazo de los subgrupos 53 y 54, por ejemplo un préstamo a otra empresa que vence en menos de un año. El deterioro se registró con un gasto en la 699 y una cuenta correctora (595 o 598), con saldo acreedor, que resta del valor del crédito.

Si el crédito recupera valor, la 799 lo recoge como ingreso. Se abona contra la 595 o la 598, que así se reducen.

Tiene subcuentas según el tipo de deudor. Al cierre se salda contra la 129. Es poco frecuente en pymes.

Cuándo se carga y cuándo se abona

Debe Se carga

  • Al cierre del ejercicio, por todo su saldo, para llevarlo al resultado (contra 129).

Haber Se abona

  • Por la recuperación de valor de los créditos a corto plazo (contra 595 o 598).

Ejemplo de asiento

Un préstamo a corto plazo vuelve a ser cobrable

Deterioraste en 2.000 € un préstamo a seis meses que diste a otra empresa. El 31 de diciembre estimas que el riesgo ha bajado y reduces el deterioro en 800 €.

CuentaDebeHaber
598 Deterioro de valor de créditos a corto plazo 800,00
7993 Reversión del deterioro de créditos a corto plazo, otras empresas 800,00
Total800,00800,00

Subcuentas

  • 7990 Reversión del deterioro de créditos a corto plazo, empresas del grupo
  • 7991 Reversión del deterioro de créditos a corto plazo, empresas asociadas
  • 7992 Reversión del deterioro de créditos a corto plazo, otras partes vinculadas
  • 7993 Reversión del deterioro de créditos a corto plazo, otras empresas
Definición oficial del PGC Texto del BOE

Corrección valorativa, por la recuperación de valor en créditos de los subgrupos 53 y 54.

Se abonará por el importe de la corrección de valor, con cargo a las cuentas 595 ó 598.

Este texto consolidado no tiene valor jurídico.

Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).

Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.