| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 649 Otros gastos sociales | 400,00 | |
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 400,00 | |
| Total | 400,00 | 400,00 |
649 Otros gastos sociales
- NaturalezaGasto
- SaldoDeudor
- UsoUso ocasional
Recoge los gastos sociales que haces por tu plantilla, como seguros de vida o accidentes, becas, formación o ayudas al comedor.
Qué es la cuenta 649
La 649 recoge los gastos de naturaleza social que haces por tus trabajadores, porque lo exige una norma o porque tú quieres. La definición cita las ayudas a comedores y economatos, la formación profesional, las becas y los seguros de vida, accidentes o enfermedad.
No incluye las cuotas de la Seguridad Social, que van a la 642. Los seguros del negocio que no son para el personal van a la 625.
Si el gasto lo pagas entregando productos de tu empresa en lugar de dinero, la contrapartida es una cuenta de ventas del grupo 7.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Por los gastos sociales que pagas en dinero (contra 570 o 572)
- Por los que pagas entregando mercaderías u otros productos de la empresa (contra cuentas del grupo 7)
Haber Se abona
- Al cierre del ejercicio, por todo su saldo (contra 129)
Ejemplos de asientos
Seguro de accidentes para la plantilla
El 10 de enero pagas por banco la prima anual de un seguro de accidentes para tus empleados: 400 €.
Beca de estudios a un empleado
El 1 de octubre pagas a un empleado una beca de 1.000 € para un curso de especialización.
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 649 Otros gastos sociales | 1.000,00 | |
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 1.000,00 | |
| Total | 1.000,00 | 1.000,00 |
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Gastos de naturaleza social realizados en cumplimiento de una disposición legal o voluntariamente por la empresa.
Se citan, a título indicativo, las subvenciones a economatos y comedores; sostenimiento de escuelas e instituciones de formación profesional; becas para estudio; primas por contratos de seguros sobre la vida, accidentes, enfermedad, etc., excepto las cuotas de la Seguridad Social.
Se cargará por el importe de los gastos, con abono a cuentas de los grupos 5 ó 7, según se paguen en efectivo o en mercaderías u otros productos.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.