| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 4410 Deudores, efectos comerciales en cartera | 1.020,00 | |
| 440 Deudores | 1.020,00 | |
| Total | 1.020,00 | 1.020,00 |
441 Deudores, efectos comerciales a cobrar
- NaturalezaActivo
- SaldoDeudor
- UsoPoco frecuente
Lo que te deben otros deudores, no clientes, cuando han aceptado letras de cambio: en cartera, descontadas, en gestión de cobro o impagadas.
Qué es la cuenta 441
La 441 es a la 440 lo que la 431 es a la 430: recoge los créditos con deudores varios cuando están documentados en efectos de giro aceptados, como letras de cambio.
Tiene subcuentas para los efectos en cartera, descontados, en gestión de cobro e impagados. Su saldo es deudor y figura en el activo corriente. Si descuentas un efecto, el dinero que te adelanta el banco es una deuda en la 5208.
Es una cuenta poco frecuente en una pyme pequeña.
Cuándo se carga y cuándo se abona
Debe Se carga
- Cuando prestas un servicio y el perceptor acepta directamente la letra (contra cuentas del subgrupo 75)
- Cuando el deudor acepta una letra por una deuda que ya tenía contigo (normalmente contra 440)
Haber Se abona
- Cuando cobras el efecto a su vencimiento (contra 57)
- Cuando lo pasas a dudoso cobro (contra 446)
- Por la parte que resulte definitivamente incobrable (contra 650)
- Si el efecto estaba descontado y se paga al vencimiento, se cancela la 4411 contra la deuda con el banco (contra 5208)
Ejemplos de asientos
El deudor acepta una letra
El 10 de junio el inquilino de tu almacén acepta una letra a 30 días por 1.020 € de alquileres atrasados.
Cobras la letra
El 10 de julio cobras la letra en tu cuenta bancaria.
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 1.020,00 | |
| 4410 Deudores, efectos comerciales en cartera | 1.020,00 | |
| Total | 1.020,00 | 1.020,00 |
Subcuentas
- 4410 Deudores, efectos comerciales en cartera
- 4411 Deudores, efectos comerciales descontados
- 4412 Deudores, efectos comerciales en gestión de cobro
- 4415 Deudores, efectos comerciales impagados
Definición oficial del PGC Texto del BOE
Créditos con deudores, formalizados en efectos de giro aceptados.
Se incluirán en esta cuenta los efectos en cartera, los descontados, los entregados en gestión de cobro y los impagados; en este último caso sólo cuando no deban reflejarse en la cuenta 446.
Figurará en el activo corriente del balance.
Con carácter general, su movimiento es el siguiente:
a) Se cargará:
a1) Por la prestación de servicios, aceptando los perceptores efectos de giro, con abono a cuentas del subgrupo 75.
a2) Por la formalización del derecho de cobro en efectos de giro aceptado por el perceptor del servicio o deudor, con abono, generalmente, a la cuenta 440.
b) Se abonará:
b1) Por el cobro de los efectos al vencimiento, con cargo a cuentas del subgrupo 57.
b2) Por su clasificación como de dudoso cobro, con cargo a la cuenta 446.
b3) Por la parte que resultara definitivamente incobrable, con cargo a la cuenta 650.
La financiación obtenida por el descuento de efectos constituye una deuda que deberá recogerse, generalmente, en las cuentas correspondientes del subgrupo 52. En consecuencia, al vencimiento de los efectos atendidos, se abonará la cuenta 4411, con cargo a la cuenta 5208.
Fuente: Plan General de Contabilidad de PYMES, quinta parte «Definiciones y relaciones contables» (Real Decreto 1515/2007, texto consolidado).
Explicación y ejemplos orientativos, basados en el Plan General de Contabilidad de PYMES. No sustituyen el asesoramiento de un profesional: ante una duda sobre tu caso, consulta a tu gestor.